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Las Termas de Tolhuin podrían volver a cerrar hasta que falle la Corte Suprema
La Corte Suprema de Justicia de la Nación tomó intervención en el conflicto judicial entre el Municipio de Tolhuin y la empresa Roanmat S.R.L., reabriendo una disputa que parecía definida tras el fallo del Superior Tribunal de Justicia provincial. La concesionaria denuncia un desalojo inconstitucional y advierte que el caso podría derivar en un juicio millonario contra el Estado municipal.
TOLHUIN.- El conflicto por la administración y permanencia de la concesionaria en las Termas del Río Valdez escaló a un nivel sin precedentes y podría tener consecuencias directas sobre el funcionamiento del complejo turístico. La Corte Suprema de Justicia de la Nación aceptó el recurso federal presentado por la empresa Transporte Roanmat S.R.L., lo que implica que el caso será revisado por el máximo tribunal del país y deja abierta la posibilidad de que las termas queden paralizadas o cerradas hasta que la situación se resuelva definitivamente.
La causa, caratulada como “Municipalidad de Tolhuin c/ Transporte Roanmat S.R.L. s/ Lanzamiento”, fue girada a la Secretaría Judicial Nº 4, Vocalía Nº 3, donde continuará el trámite administrativo. Si bien la decisión no significa todavía un fallo sobre el fondo del conflicto, sí representa un fuerte revés para el Municipio, que consideraba el expediente prácticamente cerrado tras la resolución del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Tierra del Fuego.
El avance hacia la Corte Suprema reabre el escenario judicial y vuelve a poner en duda la legalidad del procedimiento utilizado para ordenar el desalojo de la empresa concesionaria, generando un nuevo período de incertidumbre institucional que impacta directamente sobre el futuro del complejo termal.
Cuestionamientos al desalojo exprés
El abogado de la empresa, Miguel Ángel Febre, confirmó que además del recurso federal ante la Corte también se presentó un pedido de reconsideración ante el propio STJ, denunciando “graves irregularidades jurídicas y constitucionales” en el fallo que habilitó el lanzamiento.
Según el letrado, el desalojo ordenado por el Superior Tribunal se basó en un mecanismo excepcional de “lanzamiento”, una modalidad de desalojo exprés prevista para bienes públicos de uso general del Estado, como rutas, aeropuertos o cementerios, pero que no correspondería en este caso.
Febre sostiene que el predio donde se encuentran las termas no sería un bien público sino un bien privado del Estado, por lo que la Municipalidad debería recurrir a un juicio civil ordinario, con mayores garantías procesales.
“No se puede aplicar un decreto pensado para el uso público a un bien privado del Estado. En ese caso corresponde un juicio común de desalojo”, planteó.
Una norma de la dictadura bajo la lupa
Otro de los puntos más sensibles del planteo judicial es el origen de la norma utilizada para fundamentar el procedimiento. La defensa de Roanmat sostiene que el fallo se apoya en un decreto ley de 1966, firmado durante la dictadura de Juan Carlos Onganía, y que su constitucionalidad es discutible.
En ese marco, el abogado remarcó que el mecanismo aplicado afectaría el derecho a la defensa, ya que prevé plazos extremadamente breves.
“Notificar y desalojar en cinco días es incompatible con el artículo 18 de la Constitución Nacional”, expresó Febre.
Denuncia por “per saltum” indebido
La empresa también cuestionó que el STJ haya intervenido directamente sin que existiera una sentencia de primera instancia. Según argumentan, el juez local se declaró incompetente y el Superior Tribunal asumió el caso y dictó una resolución definitiva, lo cual —según Febre— habría implicado un “salto” de instancias que vulnera el debido proceso.
“Se saltearon todas las instancias del proceso judicial”, denunció.
Prescripción y posible usucapión
En su estrategia defensiva, Roanmat también sostiene que las acciones del Estado podrían estar prescriptas, debido a que desde 2002 no se habría ejercido de manera efectiva la posesión del predio. Incluso, plantean que podrían reclamar la prescripción adquisitiva (usucapión) por más de 20 años de ocupación continua.
Sin embargo, la empresa afirma que el Municipio habría bloqueado el avance de ese trámite al negarse a aprobar el plano de mensura necesario para iniciar formalmente el proceso.
Alerta por una demanda millonaria
El caso también encendió señales de alarma por su impacto económico. Desde la empresa advirtieron que, si se mantiene el procedimiento de desalojo, podría derivar en una demanda multimillonaria por daños y perjuicios contra el Estado municipal, por presunta destrucción de infraestructura, retiro de maquinaria y pérdida de equipamiento.
“Si se persiste en esta ilegalidad, el Municipio deberá responder por los daños actuales y pasados”, advirtió Febre.
Un conflicto que vuelve a quedar en suspenso
Con la Corte Suprema ya involucrada, el conflicto por las Termas del Río Valdez entra en una etapa clave que podría demorar meses o incluso años. Mientras tanto, el complejo turístico queda en un escenario de máxima incertidumbre y no se descarta que, en este contexto judicial abierto, las termas terminen cerradas o sin actividad plena hasta que se resuelva el litigio.
La intervención del máximo tribunal nacional no sólo pone en discusión el accionar del Municipio de Tolhuin, sino también el procedimiento aplicado por la Justicia fueguina, abriendo un precedente de fuerte impacto institucional en la provincia.