sábado 20 de abril de 2024 - Edición Nº2949
La Contratapa TDF » Nacionales » 12 nov 2021

interés general

No más turnos, control de temperatura, ni alcohol en comercios, bancos o instituciones

Así lo comunicó el Ministerio de Salud de Nación. Se trata de las nuevas modificaciones en los protocolos de prevención de la COVID-19


En función de la situación epidemiológica del país y el avance del Plan Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2, el Ministerio de Salud recomienda la actualización de algunas medidas de cuidado y establece los requerimientos sanitarios para los viajes de egresados.

 

A partir de las coberturas de vacunación contra la COVID-19 –con el 58,9% de la población con esquema completo y el 91,5% de los y las mayores de 18 años con esquema iniciado–, de la estabilidad de los casos en un número bajo y la disminución de las hospitalizaciones y las muertes por más de 23 semanas consecutivas, el Ministerio de Salud de la Nación recomienda actualizar los protocolos sanitarios y adaptarlos a esta nueva situación epidemiológica.

Se incluye además una actualización de los requerimientos para la realización de los viajes estudiantiles, asociada al avance en la vacunación de niños, niñas y adolescentes.

 

La recomendación para modificar y actualizar los protocolos sanitarios incluye actividades económicas, bancarias, industriales, comerciales, de servicios, turísticas, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales.

 

Las únicas recomendaciones que deben mantenerse son las de utilizar tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos (solo no es obligatorio su uso cuando se circula al aire libre a más de dos metros de distancia de otras personas), mantener la distancia mínima de dos metros entre personas, asegurar una adecuada ventilación cruzada y continua en los ambientes, así como continuar con el lavado frecuente de manos. Las recomendaciones se actualizan en el siguiente vínculo (https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus/medidas-prevencion/generales/conducta)

 

De todos modos, las instituciones y demás organismos podrán establecer las medidas que entiendan pertinentes y necesarias para el desarrollo de cada actividad en particular y tendrán la posibilidad de instrumentar medidas sanitarias adicionales según la actividad.

 

En consecuencia, ya no será necesario sostener el control de temperatura corporal, el rociado de manos con alcohol en los accesos a edificios, los turnos programados, las sanitizaciones y otras medidas adicionales, a menos que se entiendan fundamentales para el desarrollo de la actividad.

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