martes 25 de junio de 2024 - Edición Nº3015
La Contratapa TDF » Locales » 14 jun 2024

interes general

La Justicia reafirmó que Camuzzi no podrá cortar el gas por falta de pago

La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia ratificó una medida cautelar que prohíbe el corte del suministro de gas en Tierra del Fuego. Los jueces destacaron que este servicio “reviste primordial carácter humanitario en procura de la protección de la población” en una zona tan austral del país.


A raíz del Recurso de Amparo Colectivo impulsado por los ciudadanos de Tierra del Fuego, encabezado por el gobernador Gustavo Melella y los intendentes Walter Vuoto, de Ushuaia y Martín Pérez, de Río Grande.

 

La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó en las últimas horas una medida cautelar interina que suspendió el corte del servicio de gas a los usuarios de Tierra del Fuego que no hayan podido pagar las dos últimas facturas que registraron astronómicos incrementos en relación a la antepenúltima emitida por la empresa Camuzzi Gas del Sur. Los jueces destacaron que este servicio “reviste primordial carácter humanitario en procura de la protección de la población” en una zona tan austral del país. El tribunal ratificó un fallo de la jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto, quien había dispuesto la misma medida “hasta tanto se analice la cuestión de fondo”.

 

Cabe destacarse que el expediente fue iniciado a nivel ciudadanía y acompañado por el Gobierno de Tierra del Fuego, encabezado por Gustavo Melella y por los intendentes Walter Vuoto de Ushuaia y Martín Pérez de Río Grande. En el texto del recurso interpuesto se rechaza el incremento brutal del monto de las facturas de gas que llegaron en los últimos dos meses, lo que se tradujo en que muchos vecinos se vieran imposibilitados de afrontar el pago, quedando expuestos a que les cierren las llaves de suministro en sus medidores.

 

El fallo fue apelado y finalmente los jueces de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez, ratificaron la decisión. Señalaron que la Resolución 41/2024 de la Secretaría de Energía permitió que los precios del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) fueran nominados en dólares estadounidenses (USD) y trasladados a los usuarios finales por períodos específicos. Sin embargo, las facturas presentadas en la causa judicial evidenciaron un aumento exponencial, pese a no haberse verificado un mayor consumo.

 

Los camaristas subrayaron que tal circunstancia “podría poner en peligro la continuidad del servicio, que podría verse interrumpido por falta de pago, tratándose de un suministro esencial que ha sido reconocido como un derecho humano y no como una simple mercadería”.

 

La Cámara consideró el gas como un servicio esencial para una zona del país como Tierra del Fuego, indicando que la suspensión del servicio se mantiene bajo una medida cautelar interina hasta que se resuelva el fondo del reclamo. Esta medida podría volverse permanente si la Justicia considera inconstitucional el incremento.

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