interés general
La Justicia frenó publicaciones en redes sociales para proteger la intimidad de un niño
El Juzgado de Familia y Minoridad Nº 2 de Río Grande ordenó a una madre dejar de difundir en redes sociales comentarios e imágenes contra el padre de la criatura que afectaban emocionalmente a su hijo, priorizando el derecho del menor a la intimidad.
RÍO GRANDE.– La jueza Marina Montero, a cargo del Juzgado de Familia y Minoridad Nº 2 del Distrito Judicial Norte, hizo lugar a un pedido urgente de un padre y resolvió que la madre de su hijo deje de publicar en redes sociales contenidos que lo involucren.
El planteo surgió luego de que la progenitora difundiera en Instagram y en estados de WhatsApp expresiones agraviantes y ofensivas, que habrían sido vistas por compañeros del menor, provocándole un daño emocional.
En su fallo, la magistrada destacó que los procesos de familia son de carácter reservado y que siempre debe prevalecer el interés superior de niñas, niños y adolescentes. Subrayó además que el alcance de las redes sociales puede generar un daño duradero en su integridad emocional.

Con esos fundamentos, prohibió a la madre publicar, mencionar o difundir datos, comentarios o imágenes que puedan afectar a su hijo, tanto en redes sociales como en servicios de mensajería.
El pronunciamiento remarca que los niños tienen derecho a su intimidad y a construir su propia identidad digital, y que los adultos tienen la responsabilidad de proteger esa “dignidad digital”. Difundir conflictos familiares en redes, señaló la jueza, puede estigmatizar y exponer innecesariamente a los menores.
La decisión se apoya en la Convención sobre los Derechos del Niño, la Constitución Nacional, la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, y en artículos del Código Civil y Comercial que limitan la publicidad de los juicios de familia.