judiciales en Río GRANDE
Dura crítica a la justicia: "condenaron a un hombre sin pruebas y por una denuncia presentada diez años después"
El abogado defensor sostuvo que la sentencia se basó únicamente en el testimonio de la denunciante por un hecho que habría ocurrido entre 2013 y 2014. Aseguró que no existieron pruebas materiales que respaldaran la acusación y anunció que apelará el fallo.
El abogado Francisco "Paco" Giménez cuestionó con dureza la condena impuesta a Gustavo Cutro Aranda por abuso sexual contra su expareja y apuntó directamente contra el accionar de la Justicia, al sostener que se condenó a un hombre por una denuncia presentada casi una década después de los hechos investigados y sin pruebas materiales que acreditaran la acusación, según planteó la defensa.
En declaraciones a Aire Libre FM, el letrado calificó la sentencia como "injusta" y afirmó que el Tribunal habría basado su decisión exclusivamente en el relato de la denunciante, pese a que, según sostuvo, durante el juicio no se incorporaron elementos objetivos que confirmaran la imputación.

Giménez remarcó que los hechos por los que fue condenado Cutro Aranda habrían ocurrido entre 2013 y 2014, mientras que la denuncia recién fue radicada en 2023, es decir, alrededor de diez años después. A su entender, ese lapso dificultó cualquier posibilidad de producir evidencia material que permitiera corroborar o descartar la acusación.
El defensor también aseguró que las pericias psicológicas y psiquiátricas practicadas sobre el acusado no arrojaron indicadores compatibles con los delitos atribuidos y sostuvo que la defensa presentó documentación y testimonios que, a su criterio, ponían en duda aspectos relevantes de la denuncia.
Entre esos elementos, mencionó registros que indicarían que la denunciante permanecía internada en algunas de las fechas referidas durante el proceso, además de testimonios sobre las actividades desarrolladas por Cutro Aranda tras el fallecimiento de un hijo de la pareja.

Asimismo, Giménez señaló que la mujer había promovido anteriormente otras denuncias contra su expareja, aunque —según indicó— ninguna de ellas por abuso sexual, y afirmó que tampoco existían antecedentes de ese tipo de violencia en las historias clínicas incorporadas al expediente.
Otro de los cuestionamientos del abogado estuvo dirigido a la valoración de la prueba bajo la perspectiva de género. En ese sentido, sostuvo que, en su opinión, ese criterio terminó invirtiendo la carga probatoria y colocando al imputado en una situación de indefensión, al considerar suficiente el testimonio de la denunciante para arribar a una condena.
Además recordó que el propio Tribunal absolvió a Cutro Aranda por uno de los hechos investigados al entender que se había vulnerado su derecho de defensa, aunque finalmente lo condenó a seis años de prisión por el otro episodio atribuido.
Finalmente, el defensor confirmó que aguardará la publicación de los fundamentos completos de la sentencia para presentar la apelación y reiteró que, desde la postura de la defensa, la condena carece de pruebas objetivas y se sustenta únicamente en el relato de la denunciante, extremo que será uno de los principales ejes del recurso.